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Defensores de DDHH exigen la liberación de Rocío San Miguel tras 100 días de su detención

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Escrito por Redacción

Representantes de organizaciones defensores de derechos humanos exigieron este domingo 19 de mayo, la liberación de la abogada Rocío San Miguel, detenida de forma arbitraria por las autoridades venezolanas.

En un documento firmado por más de 100 activistas recordaron que el 9 de febrero de 2024, la defensora de derechos humanos Rocío San Miguel, fue abordada en el aeropuerto de Maiquetía por funcionarios de seguridad del estado junto a su hija. Estuvo en condición de desaparición forzosa por más de 50 horas junto a cinco miembros de su familia. Fue presentada en un tribunal constituido en el sitio donde estaba recluida sin que sus abogados pudieran estar presente. Sus familiares fueron liberados con medidas cautelares, sin embargo, la defensora Rocío San Miguel, sigue detenida.

En 100 días abogados de su confianza han realizado todas las gestiones para que se puedan juramentar formalmente como sus legítimos representantes de confianza, sin embargo, a San Miguel aún no se le realiza la audiencia preliminar.

«Debemos recordar que el Artículo 49 de la Constitución de Venezuela obliga a las instituciones del Estado a que el debido proceso se aplique en ´todas las actuaciones judiciales y administrativas´ y en ´todo estado y grado del proceso´».

  1. “La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables”. En 100 días no se le ha permitido asignar y reunirse con sus abogados de confianza.
  2. “Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa”. Rocío San Miguel y sus abogados no han podido tener acceso al expediente de la causa, han transcurrido y cesado los lapsos que por ley permiten actuaciones legales y siguen sin realizarse la audiencia preliminar.
  3. “Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso”. La defensora ha sido víctima de la violación de su derecho al debido proceso desde el día de su detención arbitraria.
  4. “Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”. Rocío San Miguel es inocente y no se ha garantizado su derecho estar en libertad y tener una investigación, juicio y resultas con base en los estándares internacionales de justicia y derechos humanos ni en consonancia con la legislación nacional. En el cual ella y sus abogados puedan demostrar que no existe vinculación alguna con los hechos que se le imputan.
  5. Reiteraron que el derecho al debido proceso y la defensa es un derecho humano fundamental y una obligación inviolable por parte del estado venezolano. Según establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos «el derecho a la defensa debe necesariamente poder ejercerse desde que se señala a una persona como posible autor o partícipe de un hecho punible y sólo culmina cuando finaliza el proceso».

Mujeres defensoras de derechos humanos elevaron su preocupación por el incumplimiento del debido proceso y los estándares en materia de derechos humanos en el caso de la defensora de derechos humanos Rocío San Miguel y con ella el de todas las mujeres presas políticas en Venezuela.

«Siendo Mujer defensora de derechos humanos en condición de violación a las garantías al debido proceso queremos elevar las preocupaciones entendiendo el estado de indefensión en el que se encuentra cualquier mujer presa política del país», se indicó en el comunicado.

Las organizaciones alertaron a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas; a la Corte Interamericana de los derechos humanos; a la Comisión interamericana de derechos Humanos; a la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer el incumplimiento tras 100 días de reclusión arbitraria de Rocío San Miguel de su derecho al debido proceso.

«Exigimos el cumplimiento de las obligaciones del Estado venezolano y sus instituciones con la Constitución de la República y con los estándares en derechos humanos. Por tal motivo, es urgente que se permita a la defensora la designación de sus abogados de confianza a los fines de poder tener acceso al expediente para conocer el contenido y que se pueda ejercer el derecho a la defensa de manera efectiva».

TalCual

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