La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó este viernes 14 de julio las restricciones al derecho a la participación política, a través de las inhabilitaciones en contexto preelectoral, así como las violaciones a la libertad de asociación de los candidatos opositores y de aquellas personas que protestan para exigir derechos en Venezuela.
Para la CIDH, las inhabilitaciones administrativas contra candidatos opositores y la detención arbitraria de sindicalistas no son hechos aislados, sino que «resultan de una política de Estado que busca cerrar el espacio cívico en el país. La Comisión Interamericana recuerda que el ejercicio de los derechos políticos constituye un fin en sí mismo y, a la vez, un medio que las sociedades democráticas tienen para garantizar los demás derechos».
El organismo urgió al Estado venezolano para que adopte un compromiso genuino con la democracia y el Estado de derecho, «levantando las inhabilitaciones administrativas, absteniéndose de incurrir en detenciones arbitrarias y permitiendo la participación política en condiciones de igualdad».
La CIDH recordó que el pasado 30 de junio se informó la decisión de la Contraloría General de la República de inhabilitar por 15 años a la candidata opositora María Corina Machado (Vente Venezuela), impidiendo así que pudiera presentarse para las elecciones presidenciales del 2024. Además de Machado, otros dos precandidatos presidenciales se encuentran bajo la misma medida: Henrique Capriles (Primero Justicia) y Freddy Superlano (Voluntad Popular).
Este tipo de inhabilitaciones no son nuevas en Venezuela, recordó el organismo internacional. «En el 2021, en el marco de las elecciones de autoridades regionales y municipales, el Consejo Nacional Electoral rechazó 27 candidaturas debido a inhabilitaciones impuestas por la Contraloría General de la República. Dicha decisión impactó desproporcionadamente a los partidos políticos disidentes del gobierno, como es el caso del Partido Comunista de Venezuela, con 15 inhabilitaciones, y los partidos de oposición reunidos en la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), que recibieron al menos tres inhabilitaciones».
La CIDH también recordó que el Estado de Venezuela fue condenado en el caso López Mendoza por este tipo de sanciones, por lo que reiteró que «ningún órgano administrativo puede restringir los derechos políticos a elegir y ser elegido a través de sanciones de inhabilidad o destitución».
Este tipo de sanciones, insistió la Comisión, únicamente pueden ser impuestas mediante una condena en el marco de un proceso penal.
Por otra parte, la CIDH llamó la atención sobre la detención arbitraria de tres sindicalistas de la Siderúrgica del Orinoco (Sidor), en el estado Bolívar, el pasado 11 de junio, en el marco de una protesta pacífica para reivindicar derechos laborales.
Según lo informado por organizaciones de la sociedad civil, en lo que va del año más de 20 trabajadores han sido detenidos en circunstancias parecidas, siendo sometidas a regímenes de presentación periódica ante tribunales y en algunos casos imputados por delitos como «instigación al odio».
Tal Cual