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Abg. Emilio Urbina: “Ley de Extinción de Dominio es el arma internacional más poderosa contra la corrupción”

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Escrito por Beatriz Quintana

Acarigua.- Este viernes 31 de marzo fue aprobada por unanimidad en la Asamblea Nacional 2020, el proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio, una norma que pretende recuperar bienes de personas naturales o jurídicas, ya sean nacionales o extranjeras, vinculadas con delitos cometidos contra el patrimonio público y el tráfico ilícito de sustancias.

Para conocer en detalle de qué se trata y cómo será aplicada en Venezuela conversamos con Emilio Urbina, abogado con siete maestrías, una de ellas en Etica y Filosofía y que, además, es doctor en Derecho de la Universidad de Deusto, Bilbao (España) con una especialidad en extinción de dominio, y el único venezolano miembro de la Oficina de Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada para Latinoamérica, profesor de la Universidad Católica Andrés Bello y autor de dos libros en esta materia.

¿Qué es la extinción de dominio?

«Es una institución de naturaleza patrimonial-civil, no penal, que solo cuatro países en América Latina, entre ellos Venezuela, no habían aprobado y cuya único objetivo es verificar la licitud de adquisición de los bienes.

Esta ley es una creación del derecho colombiano en 1936, que alimentó la Ley Modelo para América Latina en la ONU DC, promulgada en el 2011, como política internacional», explicó.

«Tuve una lucha desde hace años, a título personal para introducir esta ley en Venezuela. Usted ve lo que está ocurriendo groseramente en el país. Funcionarios que ganan 200 dólares y ostentan una camioneta de 6.000. Como estos individuos no van a poder probar la licitud de esa adquisición -porque no tiene legitimidad de origen- nunca cuaja el derecho de propiedad y, entonces, se extingue el dominio sobre el bien».

¿Qué quiere decir la aprobación de esta ley?

En cada país que se aprueba la extinción de dominio la efectividad de la lucha contra la corrupción se dispara hasta de un 90 %. A la persona que es sometida a un juicio, se le llama titular aparente. Ahora será posible recuperar esos bienes y que la nación se beneficie de lo que se le devuelve.

“Esta es el arma más poderosa en este momento para luchar a nivel mundial contra la corrupción porque la peor manera para derrotarla es perseguirla solamente a nivel penal, pero Venezuela se negó durante 20 años a discutir esta ley que, fuera de Latinoamérica, se llama comiso autónomo. Si solo se busca meter preso a alguien, se fracasa porque siempre tienen la presunción de inocencia y se pueden hacer desaparecer los bienes, porque según estudios propios, los imputados, desde el carterista hasta el cuello blanco, dijeron preferir la cárcel y no perder el botín», indicó el abogado.

Emilio Urbina y Rafael Simón Jiménez, son los primeros venezolanos que estudiaron el tema y lo plasmaron en su libro «El comiso autónomo y la extinción de dominio en la lucha contra la corrupción» (2020) y hoy se sienten gratamente sorprendidos con la aprobación en primera discusión de esta ley, sobre todo, en el actual escenario político.

Señaló Urbina, que los primeros que se negaron a aceptar esta ley fueron los abogados penalista venezolanos, porque se demuestra la ineficiencia de la persecución penal para avanzar contra la corrupción. Con esta ley no se persigue al sujeto sino la recuperación de los bienes.

Una vez que se aprueba la ley, Venezuela se somete a la Convención de Mérida del año 2003, avalada por la Corte Internacional de Derechos Humanos.

¿Qué pasará con aquellos que no puedan probar la legitimidad?

Se les declara la extinción de dominio en el juicio y esos bienes pasan a ser parte del Estado, y la misma ley establece los fines de la recuperación de activos producto de la corrupción. Cuando Venezuela apruebe esta ley, se compromete automáticamente ante el sistema internacional de la lucha contra la corrupción y todos los países firmantes van a reconocer esa sentencia. Hasta ahora, no se puede hacer.

¿Qué pasos hay que dar ahora?

Ayer se aprobó la ley en primera discusión y admisión, después hay una fase de consultas, luego se va una a segunda discusión artículo por artículo, luego viene la sanción, promulgación por el presidente y finalmente publicación en gaceta. Seguramente en un mes.

Una vez publicado, Venezuela debe comprometerse, por tratado, a cumplir con la Fiscalía de Extinción de Dominio, crear una jurisdicción especial de tribunales y los mecánicos como van a ejecutarse, hasta las que vengan de afuera, porque ahora el país deja de ser paraíso penal y cualquier juez de otro país puede exigir la ejecución de sentencias y reclamar bienes extranjeros. Esta será la etapa más dura.

¿Qué pasó en los otros países donde se aprobó esta ley?

Ha sido totalmente eficiente. El caso más emblemático de América Latina, es Perú.

¿Una visión más amplia de esta ley implica un mejoramiento de la calidad de vida del venezolano?

Por supuesto. Lo bueno es que ahora el derecho de propiedad adquiere valor, por ejemplo eso de «¡exprópiese!», se acabó y si lo quiere hacer, debe pagar.

Es imprescriptible y además tiene retroactividad hasta la tercera generación de corruptos.

¿Esta ley aplica también para los entes gubernamentales?

Aplica para toda persona, pública o privada porque va a la médula del derecho de propiedad, ya que si se adquirió mal, nunca fue suyo, fue una ilusión. Será la gran reforma que se ha hecho en Venezuela.

Si nadie conoce sobre este tema, ¿quiénes son los que van a discutir esta ley?

Solo algunos abogados alumnos míos del doctorado están preparados. Ahora van a salir 2 ediciones más de este libro que se puede adquirir por Amazon. Por eso, será un gran desafío la preparación de los profesionales y creación del sistema procesal.

En este sentido, y para quienes estén interesados en este tema, anunció que el lunes 10 de abril dictará una conferencia “on line”apoyado por la cátedra de Derecho Civil de la Universidad Central de Venezuela, a las 4:00 p. m., información que pueden ampliar en la web.

Sus redes sociales, @ejubim en Twitter y en Instagram como @emiliourbinamendoza.(CNP 16.100)

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Beatriz Quintana

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