Acarigua.- Una jornada conjunta entre el Colegio de Abogados de Acarigua-Araure y la plancha Estrategia Inmobiliaria 360, aspirante a presidir la Junta Directiva de la Cámara Inmobiliaria del estado Portuguesa, reunió a abogados, corredores inmobiliarios y público en general para analizar el nuevo “Régimen Especial de Inmuebles Destinados a Viviendas”.
El conversatorio se realizó en la sede de la Delegación del Colegio de Abogados de Acarigua-Araure y contó con la participación de la doctorante María Magdalena Agüero Terán y la abogada en ejercicio Damari Méndez, proveniente de Guanare. La actividad se desarrolló a casa llena y permitió intercambiar opiniones, preguntas y reflexiones sobre los alcances de la nueva legislación.
Durante la jornada se destacó la aprobación de esta Ley Especial como un avance en materia de arrendamientos de vivienda, resultado de las gestiones realizadas por la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, conjuntamente con otras cámaras inmobiliarias del país.
Entre los principales cambios analizados figura el principio de autonomía de la voluntad de las partes, que permite a propietarios y arrendatarios acordar libremente el canon de arrendamiento y la duración del contrato, superando el esquema de fijación administrativa previa por parte de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (Sunavi).
Otro de los aspectos abordados fue la posibilidad de establecer el canon de arrendamiento en moneda extranjera o en bolívares. En caso de que el pago se realice en bolívares, se aplicará el tipo de cambio oficial publicado por el Banco Central de Venezuela correspondiente a la fecha del pago.
Asimismo, se explicó que el canon acordado se mantendrá durante toda la vigencia del contrato y que cualquier ajuste podrá establecerse para un nuevo período contractual.

Las ponentes analizaron los aspectos más importantes de esta nueva ley que contempla 27 artículos
La nueva normativa también establece una regla para la distribución de las cargas relacionadas con las reparaciones del inmueble entre propietarios y arrendatarios. En este sentido, se consideran reparaciones menores aquellas cuyo costo no supere el 30 % del canon mensual.
Durante el encuentro se analizaron los 27 artículos que conforman la Ley Especial, así como las causales de terminación anticipada del contrato. Entre ellas se encuentra el incumplimiento del pago del canon durante tres períodos consecutivos, así como el incumplimiento del pago de servicios públicos, como agua, electricidad y aseo urbano, durante tres períodos consecutivos, cuando estos hayan sido establecidos en el contrato.
Uno de los puntos que, según los ponentes, debe quedar claro es la aplicación temporal de la nueva normativa. La Ley Especial para Inmuebles Destinados a Viviendas se aplica a los nuevos contratos de arrendamiento celebrados después del 7 de agosto de 2026, en virtud del principio de no retroactividad de la ley.
Las ponentes explicaron que las relaciones de arrendamiento establecidas antes de la entrada en vigencia de la nueva legislación continúan regidas por la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda de 2011, como régimen previo. (CNP 25.482)

